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RAMOS contra NIELSEN: PREGUNTAS FRECUENTES

Nota: El USCIS ha publicado información sobre Ramos en su página web, aquí: https://www.uscis.gov/update-ramos-v-nielsen. Estas preguntas frecuentes tienen por objeto proporcionar información general, no asesoramiento jurídico.

¿Qué es el caso Ramos?

En marzo de 2018, los titulares de TPS de Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador y sus hijos ciudadanos estadounidenses presentaron una demanda contra el gobierno federal («Ramos v. Nielsen»). Argumentaron que las terminaciones de TPS para sus países eran ilegales. Entre otras cosas, explicaron que el gobierno no había seguido la Ley de Procedimiento Administrativo y había actuado por motivos racistas, violando la Constitución. Solicitaron al tribunal que impidiera al gobierno aplicar las terminaciones ilegales.

El 3 de octubre de 2018, el tribunal tomó una decisión preliminar según la cual era probable que los titulares del TPS ganaran el caso. El tribunal ordenó al gobierno que se asegurara de que los titulares del TPS procedentes de Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador mantuvieran su estatus TPS y su autorización de trabajo mientras el caso llegaba a su conclusión definitiva.

Soy titular de TPS de Sudán, Nicaragua, Haití o El Salvador y quiero saber...

¿Cómo afecta la orden de Ramos a mi estatus TPS y a mi autorización de trabajo?

  • Siempre y cuando siga cumpliendo los requisitos individuales de elegibilidad para el TPS (por ejemplo, presencia continua en los Estados Unidos, ausencia de condenas por delitos graves, ausencia de condenas por dos o más delitos menores), su estatus TPS y su autorización de trabajo se han prorrogado automáticamente hasta el 2 de enero de 2020.
  • Si la orden judicial sigue vigente en diciembre de 2019, su estatus TPS y su autorización de trabajo se prorrogarán automáticamente hasta el 2 de octubre de 2020.
  • Se anunciarán prórrogas similares cada nueve meses mientras la orden judicial siga vigente.
  • No es necesario presentar ningún documento ni pagar nada por esta prórroga. Es automática.

Mi Documento de Autorización de Empleo ha caducado. ¿Cómo puedo demostrar a mi empleador que estoy autorizado para trabajar?

Puede mostrar a su empleador una copia de su EAD vencido junto con el Aviso del Registro Federal que extiende automáticamente su estatus TPS y su autorización de trabajo. El Aviso del Registro Federal explica que los empleadores deben aceptar su EAD vencido y el Aviso del Registro Federal como prueba de autorización de trabajo.

Si desea obtener un EAD con la nueva fecha de vencimiento del 2 de enero de 2020, puede solicitarlo presentando el formulario I-765 ante el USCIS y pagando la tasa o solicitando una exención de la misma.

Mi Documento de Autorización de Empleo y/o Formulario I-797 Notificación de Aprobación ha caducado. ¿Cómo renuevo mi permiso de conducir?

Cada estado tiene sus propios requisitos sobre lo que hay que hacer para renovar el permiso de conducir. Si su estado le exige que demuestre que tiene un estatus TPS válido, puede hacerlo mostrando su EAD caducado o el formulario I-797 junto con una copia de la Notificación del Registro Federal que prorroga automáticamente su estatus.

Soy de Sudán, Nicaragua, Haití o El Salvador y tenía TPS, pero no lo renové. ¿Qué puedo hacer ahora?

Si usted tenía un TPS válido hasta el momento en que se anunció la terminación (o, en el caso de Haití, hasta el momento en que se anunció la terminación o la prórroga de mayo de 2017), pero no se volvió a registrar después de eso, puede solicitar el TPS ahora presentando el formulario I-821 ante el USCIS. Tendrá que demostrar una causa justificada para no haberse vuelto a registrar. Una carta en la que se indique que no se volvió a registrar porque estaba confundido o temeroso debido a la terminación (o, en el caso de Haití, debido a la prórroga de mayo de 2017) debería ser suficiente para cumplir con el requisito de causa justificada.

¿Cuándo se decidirá la apelación de Ramos?

Aún no se ha fijado la fecha de la audiencia sobre la apelación de Ramos . Se espera que sea este verano. La decisión podría llegar en cualquier momento después de eso. Si ninguna de las partes solicita una revisión adicional, la apelación terminará ahí. Por otra parte, la parte perdedora en la apelación puede solicitar al Noveno Circuito que vuelva a examinar el caso en pleno (es decir, con un grupo más amplio de jueces) o puede solicitar al Tribunal Supremo que examine el caso. Si eso ocurre, la apelación continuará hasta que el Noveno Circuito y/o el Tribunal Supremo se nieguen a examinar el caso o acepten examinarlo y emitan una decisión definitiva. Aunque no hay un plazo establecido, este proceso podría durar hasta dos años.

¿Qué pasaría si se revocara la orden de Ramos?

Si se revoca la orden de Ramos, el Gobierno podría poner fin al TPS para Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador. Pero antes de hacerlo, debe conceder a los titulares del TPS un plazo mínimo de 120 días a partir de la «fecha de entrada en vigor» de la decisión del tribunal de apelación. La «fecha de entrada en vigor» es, como mínimo, 52 días después de que el tribunal de apelación anuncie su decisión (o posiblemente más, si alguna de las partes solicita una revisión adicional).

Esto significa que, si se revoca la orden Ramos, los titulares del TPS mantendrán su estatus TPS y su autorización de empleo durante al menos seis meses (120 días + 52 días) a partir de la fecha en que se anuncie la revocación. Durante este tiempo, si la decisión del tribunal de apelación deja abierta cualquier posibilidad de que las terminaciones del TPS para Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador sigan siendo vulnerables a impugnaciones legales, el caso Ramos podría reabrirse en el tribunal de distrito y los demandantes podrían solicitar una nueva orden que impida al gobierno poner fin al TPS para sus países.

¿Qué pasará si se mantiene la orden de Ramos?

Si se mantiene la orden de Ramos, el caso volverá al tribunal de distrito. La orden judicial que protege a los titulares del TPS de Sudán, Nicaragua, Haití y El Salvador permanecerá vigente hasta que se dicte una resolución definitiva sobre el caso.

¿Puede el caso Ramos conseguir un estatus permanente para los titulares del TPS de Honduras y Nepal?

No. Solo el Congreso puede otorgar un estatus permanente a los beneficiarios del TPS. El litigio puede preservar temporalmente el TPS mientras los tribunales deciden el caso. Pero, en última instancia, la única medida que puede tomar el tribunal es emitir una orden que impida al Gobierno aplicar las rescisiones anunciadas previamente. El tribunal no puede impedir que el Gobierno rescinda de nuevo el TPS (siempre que lo haga de conformidad con la ley). Tampoco puede obligar al Gobierno a otorgar un estatus permanente a los beneficiarios del TPS.

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